JURISPRUDENCIA
Deberán pagar por el daño material y moral a un albañil electrocutado
06/06/2016. La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, y Comercial modificó una sentencia de primera instancia y condenó en forma concurrente y solidaria a la empresa distribuidora de electricidad y a un particular a abonarle a un albañil 225 mil pesos por el daño material por incapacidad sobreviniente y moral.