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JUSTICIA

NO ES OBLIGATORIA

Exposición ante la Corte sobre educación religiosa en escuelas públicas

Exposición ante la Corte sobre educación religiosa en escuelas públicas

El Gobierno de Salta reiteró que la enseñanza no reviste el carácter de confesional, ya que no pertenece ni defiende una confesión religiosa determinada. No supone, de manera alguna, la fe de los alumnos, tampoco aborda una religión en especial ni se orienta a una práctica religiosa en sí misma.

La ministra de Educación, Ciencia y Tecnología, Analía Berruezo, en representación del Gobierno de la Provincia de Salta, expuso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación acerca de la implementación de la enseñanza religiosa en las escuelas públicas. Estuvo acompañada por la Fiscal de Estado, Mónica Lionetto.
 
“Estamos satisfechos con la presentación de los amigos curiae (amigos del Tribunal) fue un aprendizaje muy grande, como de los terceros que estuvieron presentes en la voz de los maestros, no solo de capital, sino también del interior”, señaló la ministra Berruezo.
 
Asimismo, destacó que “la Audiencia nos da la posibilidad de demostrar dos cosas concretas, la primera es que, la educación religiosa en Salta no es confesional, persigue principios puntuales para trabajar la educación dentro de la escuela pública y en otro sentido, entender que la organización del sistema educativo dentro de la escuela no genera discriminación alguna”.
 
Para fundamentar sobre el tema, el Ministerio de Educación de la Provincia de Salta presentó la validez constitucional de las normas cuestionadas -arts. 49 de la Constitución de Salta; 8 inc. m y 27 inc. ñ de la Ley 7546.

Asimismo la Ministra respondió las distintas preguntas realizadas por los jueces de la Corte acerca del aspecto pedagógico de la enseñanza en las aulas.
 
Dicha enseñanza no reviste el carácter de confesional, ya que no pertenece ni defiende una confesión religiosa determinada.

No supone, de manera alguna, la fe de los alumnos, ni pretende la adhesión de fe, tampoco aborda una religión en especial ni se orienta a una práctica religiosa en sí misma.

Es decir que en las escuelas estatales no se enseña de manera exclusiva ni excluyente saberes de la religión católica. Tampoco es obligatoria.



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