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DEBERÁ PAGAR 30 MIL PESOS

Defensa del Consumidor multó a Swiss Medical por no cumplir un acuerdo conciliatorio

Defensa del Consumidor multó a Swiss Medical por no cumplir un acuerdo conciliatorio
Defensa del Consumidor multó a Swiss Medical por no cumplir un acuerdo conciliatorio

La sanción impuesta por el organismo del Ministerio de Gobierno fue confirmada por la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.

La Secretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Gobierno multó a Swiss Medical por 30 mil pesos por no cumplir un acuerdo conciliatorio celebrado en el organismo del Ministerio de Gobierno.

El expediente se inició con la denuncia de una consumidora que reclamaba el incumplimiento contractual, falta de información y cobertura de servicio, lo que fue considerado una situación compleja ya que atravesaba su primer trimestre de embarazo.

Durante la etapa conciliatoria, la firma denunciada y la consumidora llegaron a un acuerdo que fue homologado por la Secretaría de Defensa del Consumidor. En este Swiss Medical propuso dar de baja inmediata a los denunciantes y condonar la deuda existente a nombre del titular.

Pasado un año del acuerdo, la consumidora recibió una carta documento en la que la intimaban al pago de $1.100,71, más intereses, en concepto de una deuda vencida e impaga por cuotas del servicio médico contratado. 

Asimismo se la intimaba a acreditar el pago de la suma adeudada dentro de los 10 días de recibida la carta documento y se le informaba que en caso de persistir el incumplimiento se reservaban el derecho de iniciar sin más trámite las acciones legales tendientes al cobro.

La Secretaría de Defensa del Consumidor abrió ante esto un sumario para aplicar las sanciones correspondientes por el incumplimiento del acuerdo celebrado en el organismo provincial. Carina Iradi, su titular, explicó que “los acuerdos formulados en sede del organismo, deben ser cumplidos. Su incumplimiento por parte de las empresas es severamente sancionado, ya que constituye una violación al artículo 46 de la ley 24240 y es una vulneración a los derechos del consumidor”. 

Sobre este caso informó que “la carta documento remitida al consumidor constituyó prueba cierta de la falta de baja inmediata del servicio, como así también de la condonación de la deuda ofrecida por Swiss Medical en la órbita de la Secretaría.



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