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REQUISITOS PARA LA HABILITACIÓN DE CARPAS BAILABLES EN LA CAPITAL DE SALTA

REQUISITOS PARA LA HABILITACIÓN DE CARPAS BAILABLES EN LA CAPITAL DE SALTA

Hoy vence el plazo para iniciar los expedientes municipales que permitirán el funcionamiento de estos locales.

La Secretaría de Protección Ciudadana de la Municipalidad de Salta dio a conocer los requisitos para la instalación de carpas bailables en el ámbito de la ciudad de Salta.

De acuerdo a la Resolución 01/19 es necesario cumplir con los siguientes ítems:

 

Los pedidos deben realizarse por expediente antes del 27 de diciembre.

Los bailes deben instalarse a no menos de 150 metros de zonas de viviendas, clínicas, establecimientos educativos, centros de culto e estaciones de servicio, entre otros.

Sólo podrán realizarse a partir del 5 de enero, los días domingo; y los días 22, 23, 24 y 25 de febrero.

Los horarios permitidos son de 16 a 24..

 

Respecto a los requisitos de habilitación, la Resolución señala que:

Se debe acreditar la identidad del responsable con DNI y CUIT.

Inscripción como organizador y promotor de espectáculos públicos.

Se exige el cumplimiento de la ordenanza tributaria.

Presentación contrato de locación sellado y certificado -emitido por escribano- acreditando el uso del lugar.

Presentar un estudio de seguridad actualizado, firmado y sellado por COPAIPA.

Informe técnico del mantenimiento, uso y armado de las infraestructuras de las carpas y a la vez del soporte y anclaje de elementos en altura, todo firmado y sellado por COPAIPA”.

El eje fundamental del texto emitido por la Secretaría de Protección Ciudadana establece que se debe garantizar la seguridad de los asistentes incorporando adicionales policiales en proporción a la capacidad del lugar. Además, deberá sumarse el certificado oficial emitido por Bomberos, la póliza de seguro de responsabilidad civil y un informe de impacto ambiental. Los espacios deben contar con baños químicos, servicio de emergencias y grupo electrógeno.

El titular del área municipal, Nicolás Kripper, señaló que “la comuna no contaba con la regulación para este tipo de actividades eventuales o de temporada, por lo que emitimos una resolución para dejar en claro los requisitos específicos que permitan una habilitación. Somos conscientes de que el municipio debe velar por la seguridad de los ciudadanos”, señaló el funcionario.

“Hasta el momento son siete las solicitudes presentadas y serán analizadas a la brevedad para ver la posibilidad de habilitarlas en tiempo y forma, haciendo especial énfasis en el cumplimiento de todos los requisitos; de lo contrario no podrán funcionar”, finalizó Kripper.

Se recordó que está a disposición la línea de Control Comercial, 0800-555-6864.



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