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SAETA

Rigen limitaciones para el uso de Boleto Gratuito para estudiantes.

Rigen limitaciones para el uso de Boleto Gratuito para estudiantes.
Rigen limitaciones para el uso de Boleto Gratuito para estudiantes.

La reglamentación aprobada por el directorio de la Autoridad Metropolitana de Transporte tiene por objetivo garantizar el uso razonable y adecuado del beneficio.

El Directorio de la Autoridad Metropolitana de Transporte dispuso aprobar limitaciones  solicitadas por SAETA S.A. para acceder, por parte de los estudiantes de todos los niveles al Régimen de boleto gratuito. 

La normativa indica que el beneficio se otorga por el plazo que dura la carrera, de acuerdo al correspondiente plan de estudio, con más un año de gracia. Este requisito es independiente del referido a la aprobación de las dos materias anuales.

Dicha reglamentación tiene como finalidad garantizar el uso razonable y adecuado de las gratuidades, contempla las siguientes restricciones:

-  Estudiantes de formación profesional-educación no formal y estudiantes universitarios con modalidad no presencial: 2 pases por día.

-   Estudiantes de los niveles inicial, primario, secundario, terciario y universitario: 80 pases mensuales.

Asimismo, en relación a las gratuidades otorgadas a los estudiantes de nivel terciario y universitario se exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos académicos:

a-     No contar ya con titulo terciario o universitario.

b-     Contar con dos materias aprobadas por año, considerando para acceder al beneficio el año anterior a la solicitud del mismo.

c-      En cuanto a los alumnos ingresantes, quienes no cuenten con materias aprobadas, la gratuidad será otorgada con la preinscripción, pero con vigencia al 31 de Julio de cada año, momento a partir del cual se deberá ratificar la inscripción.

Finalmente, la resolución establece que en caso de suscitarse controversias entre la empresa y los usuarios, con motivo de la aplicación de la norma, la misma será resuelta por la Autoridad Metropolitana de Transporte. 



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